
La Universidad cuenta con el Protocolo de Actuación en Casos de Violencia de Género en el Ámbito de la UNMdP, cuyo objetivo es establecer el procedimiento institucional y los principios rectores para la intervención ante situaciones de discriminación o violencia hacia las mujeres y personas del colectivo LGTTTBI.
Esta política institucional reafirma el compromiso de la Universidad con la igualdad, la no discriminación y la garantía efectiva de derechos en el ámbito universitario.
📜 Marco normativo
El Protocolo fue aprobado por Ordenanza de Consejo Superior N° 1555/20 y su Anexo.
👉 Accede aquí al documento completo
La normativa establece el procedimiento institucional aplicable, las competencias de intervención, las garantías procesales y los principios rectores.
📌 Alcance
El Protocolo rige para todas las relaciones laborales y/o educativas que se desarrollen en el ámbito de la Universidad, comprendiendo:
- El emplazamiento físico de la Universidad, sus dependencias y anexos.
- Las comunicaciones o contactos establecidos mediante medios tecnológicos y virtuales (teléfono, internet, redes sociales u otros).
- Podrán denunciar o realizar consultas:
- Personas o grupos que hayan sido vulnerados/as.
- Personas que hayan presenciado o tomado conocimiento de la situación.
Las denuncias pueden involucrar a funcionarios/as, docentes, trabajadores/as no docentes, estudiantes, personal académico temporario o visitante, graduados/as y terceros/as que presten servicios en instalaciones universitarias.
⚖ Conductas alcanzadas
Se podrán denunciar todas aquellas conductas u omisiones que:
a) Tengan por objeto o resultado discriminar a mujeres o personas del colectivo LGTTTBI.
b) Impliquen una afectación a derechos reconocidos en leyes nacionales y tratados internacionales suscriptos por el país.
c) Constituyan violencia de género en cualquiera de sus manifestaciones: sexual, física, psicológica, económica o simbólica.
Se incluye como violencia sexual todo comentario o conducta con connotación sexual que constituya hostigamiento y/o asedio.
🛡 Principios rectores
El procedimiento se rige por los principios de:
- Celeridad
- Respeto
- No revictimización
- Confidencialidad
- Asesoramiento y asistencia gratuita por profesionales idóneas
- Contención y acompañamiento a la persona afectada
Nota: no se difundirán datos personales ni la información provista en la denuncia.
Representantes en la UNMdP
Su función es orientar, acompañar y canalizar consultas en articulación con el equipo central del Protocolo.
Autoridades en la Universidad Nacional de Mar del Plata
Protocolo de Actuación en Casos de Violencia de Género
Coordinadora General |Abg. Alba Salinas
Coordinadora Técnica | Lic. en Psicología Lorena Cerri
📍 Horarios de Atención
Diag. J. B. Alberdi 2695 – Planta Baja (Mar del Plata)
📞Tel.: 54.0223.492.1705 al 1710 INT 106
Línea telefónica exclusiva (223) 6987603 (Atención confidencial).
Para consultas o denuncias: protocologenerounmdp@mdp.edu.ar
Contacto: discapacidad@mdp.edu.ar
Representantes de la Comisión en la Facultad de Ciencias Agrarias
Titular | Luciana Pagnusat
Suplente | Andrea Suárez
Contacto: tel. (02266) 155 – 42110 / e-mail: andreasuarez@mdp.edu.ar